Prestaciones Sociales




las prestaciones sociales son los beneficios que recibe el empleado para sortear algún riesgo que se presente, estas suplen lo que con el salario no se alcanza, y las mismas están a cargo del empleador.
Cabe resaltar que el pago a salud y pensión no hace parte de las prestaciones sociales, en el código sustantivo del trabajo está contempladas las principales, vacaciones, cesantías, prima de servicios e intereses a las cesantías, todos los trabajadores tienen derecho a las prestaciones contempladas en la ley. Todo beneficio adicional es conocido como extra legal y son los que nacen por voluntad del empleador, en pactos y convenciones colectivas.


Pacto colectivo: Acuerdo entre empleador y empleados no sindicalizados para otorgar un beneficio a los empleados.


Convención colectiva: Acuerdo entre empleador y empleados sindicalizados para otorgar un beneficio a los empleados.


Para la liquidación de las prestaciones sociales el año laboral es de 360 días y cada mes de 30 días, tomemos como ejemplo la prima de servicios que es un beneficio que el empleador debe pagar al empleado de la siguiente manera, por cada 180 días de servicio 15 días de salario, estos en dos pagos uno en el mes de junio a más tardar día 30 y otro a más tardar el 20 de diciembre, pero en dado caso el trabajador tenga  un tiempo laborado inferior a los 180 días se paga a proporción de los días laborados. Un dato importante a tener en cuenta es que el auxilio de transporte se tiene en cuenta para liquidar la prima de servicios si es trabajador devenga hasta dos salarios mínimos.







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